La regulación establecida en materia de formación en Prevención de Riesgos Laborales desde la publicación del IV Convenio de Construcción en el año 2007 y posteriormente los de Metal, Vidrio y Rotulación y Madera, para todos los trabajadores que desempeñaban sus funciones en obras de construcción ha supuesto un antes y un después en la gestión formativa de las empresas y ha conseguido homogeneizar la formación mínima obligatoria para garantizar la Seguridad y Salud de dichos trabajadores.
Con la reciente publicación del II Convenio de Metal y la creación de la Fundación Laboral del Metal se ha procedido a la ampliación del ámbito de aplicación de la formación en dicho sector, abarcando también a aquellos trabajadores que desempeñan sus funciones en cualquier entorno, sin ceñirse únicamente a las actividades realizadas en obra de construcción. Además establece que la formación específica del puesto de trabajo ha de reciclarse periódicamente, garantizando así una constante mejora en la capacitación de los trabajadores en materia preventiva.
Con la finalidad de facilitar la adaptación a estos nuevos criterios formativos, se establecen unos plazos flexibles que permiten una progresiva implantación en las empresas, intentando generar la menor alteración posible en sus procesos productivos.
No debemos olvidar que, aunque dicha formación es fundamental para el desempeño de las funciones de cada trabajador, debe complementarse con la formación e información establecida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y por supuesto con toda aquella formación específica que capacite a los trabajadores para el manejo de equipos de trabajo o para el desarrollo de tareas especiales.
Cabe resaltar que la formación regulada en el sector obliga a la totalidad de los trabajadores, incluyendo mandos intermedios y directivos, permitiendo que la Prevención de Riesgos Laborales se integre de manera completa en todos los niveles jerárquicos de la organización.
Los contenidos formativos incluidos en dicho convenio se estructuran por oficios, por lo que deben garantizar que cada trabajador se especialice en su puesto de trabajo, permitiendo que alcance niveles de profesionalización más elevados y que permita una mayor concienciación en materia preventiva por parte de todos los integrantes de la empresa.
Está en manos de los profesionales que transmiten los conocimientos el contribuir a la mejora continua de las empresas en esta materia y el inculcar la importancia de la adecuada integración de la prevención de riesgos laborales. El objetivo es conseguir que los esfuerzos y la inversión realizada en esta materia redunden en una mejora sustancial de las condiciones de trabajo.
La implicación de todas las partes a la hora de garantizar una adecuada formación es fundamental, ya que la seguridad y la salud de los trabajadores dependen en gran medida de ello.
Técnico en prevención de riesgos laborales